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Impuesto Sobre la Renta

Impuesto sobre la Renta. Hagan consultas gratis al asesor fiscal

mayo 26, 2009



Consultas gratis para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para la campaña de la presentación del Impuesto de la Renta 2008 a presentar en 2009. Somos asesores fiscales y queremos ayudar a las personas que tengan consultas o dudas que hacer sobre el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Así que si no tienen un asesor fiscal a mano o bien no les da la razón jeje, pueden hacerlo aquí y así informaremos a nuestros visitantes de las dudas y las soluciones que se pueden dar.

Por supuesto que la declaración de la Renta es el momento de confesar los ingresos que se han generado en el ejercicio pasado, el del año 2.008. Por lo tanto, es mal momento para intentar pagar menos por el año pasado pero ya que estamos puestos, podemos aprender o coger algunas ideas para planificar con tiempo la próxima declaración de renta, la del 2.009, a presentar en 2.010.

**Edito a 19 de noviembre de 2009
Muchas gracias por sus consultas gratis que hemos intentado resolver en esta asesoria fiscal gratis total. Ya se terminó el tiempo de formular preguntas hace días pero me han continuado llegando consultas gratis a Impuesto Sobre la Renta. No voy a contestar ninguna más. Espero que les haya sido útil.

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137 Comments

  • teresa @ junio 17, 2009

    hola, tengo una duda. un autonomo se puede deducir las cantidades pagadas a la seguridad social.

  • Jaume @ junio 17, 2009

    Si, claro Teresa. Siempre que sean atribuibles al negocio que sea, la cuota de Autónomos será deducible. Es decir, siempre que se trate de un “gasto necesario” y no de una “liberalidad”.

  • joséanuel @ junio 18, 2009

    Hola,
    Mi hija estuvo empleada durante el 2008 en una empresa cobrando nómina y también hizo un trabajo en el ejercicio de su profesión por el que cobro 300 euros pero se olvidó de hacer la declaración del iva de los 300euros.
    Cuando relleno el impreso de la declaración de la renta no puedo imprimirlo porqué me da un error. Tengo que rellenar la casilla 750 que creo que es donde se pon el iva.
    Es así? Qué puedo hacer?
    Un saludo y gracias
    José Manuel

  • Manuel Carrasco @ junio 18, 2009

    he ganado 1000000000,tu que es más barato desde el punto de vista fiscal?

    a)comprar un xalet
    b)compra un zacutzi
    c)ir de vacaciones al Caribe.

  • Jaume @ junio 18, 2009

    bueno, enhorabuena!! Yo lo meteria directamente en un deposito bancario, pero comprar algo siempre es mas rentable que no gastarse el dinero, no crees Manuel?

    Saludos

  • Jaume @ junio 18, 2009

    Hola José Manuel,

    Bueno, con los detalles que me das poco puedo decirte, pero parece que si el programa del IRPF no te deja continuar con la declaración de la renta, parece un problema relacionado con el programa así que consúltalo con Hacienda. Un saludo.

  • rafael hernandez @ junio 26, 2009

    mi suegro fallecio hace 14 anos tenia una casa que compro a sus hermanos con un contrato privado no habia escritura y en ano 2008 se hizo escritura incorporandola a bienes gananciales del matrimonio, como se declara en renta gracias

  • Jaume @ junio 29, 2009

    Hola Rafael,

    Pues a priori, por la poca información que das está poco claro de quién jurídicamente era la casa. A partir de la escritura, en el año 2.008, se pondría en la declaración de Renta del 2.008 por mitades entre los miembros de la sociedad conyugal o sea, el matrimonio. Si ha estado desocupado, Hacienda considera que ha estado a disposición de sus propietarios y que genera una renta en función de su valor catastral. Saludos.

  • fiorella @ julio 8, 2009

    hola, hice mi declaracion anual 2008 y al mes siguiente lo rectifique, y tuve que pagar una multa por omision quiero saber si apesar que hice la declaracion anual tambien tenia que hacer la declaracion mensual por que no declare mensualmente en el 2008, y tendria que pagar la multa por no haber declardo? con sus intereses?.

  • david henao @ julio 14, 2009

    Buenas Tardes,

    Cual es el porcentaje para el año gravable 2010 del impuesto de renta para personas juridicas?????

  • Jaume @ julio 21, 2009

    Hasta aqui las consultas gratis sobre el impuesto de la Renta. Espero que en otra ocasión, cuando pregunteis algo no olvidéis dar toda la información que hace al caso, ya que de lo contrario es imposible dar una opinión no basada en suposiciones sino en hechos.

    Muchas gracias por vuestra colaboración.

  • maria del mar @ julio 23, 2009

    Buenas, mi caso es el siguiente, compre una casa hace dos años, cuando aun era soltera, hicimos las escrituras al 50% cada uno, pero en el tema hipotecario solo se hipoteco el que hoy es mi marido, y el año pasado hice la renta individual y ninguno de los dos tuvimos problemas, pues bien este año ya estamos casados nos casamos el año pasado y este año al hacer la renta lo hacemos igual individuales y nos deducimos cada uno su 50%, pues bien este año tenemos un problema, a mi marido si le han devuelto, pero a mi todavia no, y me alegan que como yo no estoy hipotecada no tengo derecho, he presentado que estamos casados en regimen gananciales, y tambien les he dicho que si a mi no me quieren pagar el 50% que me pertenece o eso creo, que el haga una rectificacion de su renta y se declare el otro 50%, porque claro sino se pierde y me dicen alli, que al estar las escrituras a nombre de los dos, el solo es propietario del 50% y no puede hacer eso, el es titular de la cartilla donde se cobran las mensualidades hipotecarias tampoco esta a mi nombre. yo esto no lo veo muy bien, me podeis contestar, gracias

  • jesus @ julio 28, 2009

    Hola, Recibo abonos en concepto de “venta de derechos” de algunos valores.
    Quisiera saber si dicha venta se considera venta de acciones o valores, debido a que los percibo automaticamente, sin dar orden de venta, no siendo a mi parecer venta de valores ya que corresponden a los mismo y no a su totalidad.
    Lo digo a efectos de IRPF, porque se puede pedir la cita previa hasta 3 ventas de valores.
    En espera de contestacion reciba un cordial saludo

  • vicente @ octubre 3, 2009

    hola quisiera saber cuanto deberia pagar de impuesto sobre la renta si tengo un sueldo quincenal de $ 3,774.00 pesos

  • vanesa @ octubre 21, 2009

    soy divorciada y tengo en propiedad (privativa) una vivienda con mi ex pareja (50% cada uno) y hemos llegado al acuerdo de cederle yo mi 50% a cambio de una cantidad de dinero. Necesito saber que diferencias hay y que me interesa mas a efectos tributarios, entre una extinción de condominio o una compraventa. Gracias

  • ana @ noviembre 9, 2009

    hola necesito saber cuando me ingresaran mi dinero dela devolucion dela renta lo necesito ya tardan mucho.gracias contestarme porfa

  • ana @ noviembre 9, 2009

    tanbien qeria preguntar,me he llevao dos años de autonomo yme voy adar de baja tengo derecho acobrar algo o alguna ayuda .gracias

  • Jaume @ noviembre 9, 2009

    Como decia mi abuelo, los autonomos no tienen derecho a nada… y continua siendo cierto por mucho que digan los politicos. En todo caso, y afortunadamente, no pagará impuesto sobre la renta sino hay nada que gravar!

  • Jaume @ noviembre 9, 2009

    Pregunte en Hacienda!

  • Jaume @ noviembre 9, 2009

    Es una pregunta trampa? Para personas jurídicas quizá le interese saber algo del Impuesto de Sociedades

  • Jaume @ noviembre 9, 2009

    Pues, de los datos que expone, parece que si, si se refiere a pagos fraccionados. Si no se presenta una declaracion, merecerá una sanción hay que presentar cada una de las declaraciones y la declaración anual y cualquier cosa que haya para declarar! Saludos

  • Jaume @ noviembre 9, 2009

    Si, se considera venta patrimonial y su valor se restará del coste de adquisición de las acciones. En este caso, si el valor de los derechos que ha vendido no es superior al de la adquisición, no tiene efecto en la renta del año, sino que lo tendrá en el momento que vendiera las acciones o hiciera otras operaciones por ellas.
    Son 10 euros, ya que ya ha acabado el periodo de consultas gratis.

    Saludos.

  • Jaume @ noviembre 9, 2009

    Interesante caso… usted quiere hacer simulacion fiscal. En que pais reside?

  • bartolome @ noviembre 17, 2009

    Buenos dia: tengo un plan de pensiones EPSV del pais vasco, donde residia hasta hace 4 años, ahora vivo en cantabria, en la declaración de la renta de hace 4 años, que la hice en Cantabria y por tanto en la hacienda Española, me deducí las aportaciones al plan, total que de recibir devolución como me salia, recibo notificacion de hacienda que los EPSV no son deducibles fuera del pais vasco.

    en Junio del 2010, puedo rescatar mi EPSV, como tributaré, si vivo en cantabria y aqui no me pude deducir dicho plan hace años,

    espero sus comentarios. saludos.

  • ANTONIO @ noviembre 17, 2009

    QUISIERA ADQUIRIR UN COCHE A NOMBRE DE MI MADRE(PAGANDOLO YO) PARA MI UTILIZACION ¿SUPONE FISCALMENTE ALGUNA PEGA PARA ELLA?….PROCURARIA QUE LA TRANFERENCIA DE PAGO FUERA DESDE SU CUENTA
    GRACIAS

  • LUIS @ noviembre 18, 2009

    HOLA.

    INFORMACION PARA EL IRPF QUE TENDREMOS QUE HECHAR EN EL 2010.

    - ESTA AÑO 2009 ME HAN INGRESADO UNA PENSION DE PAGO ÚNICO DE LA SS POR INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL debido a un accidente ( ENTIENDO QUE ESTE PAGO ES UN RENDIMIENTO IRREGULAR, Y SUSCEPTIBLE DE APLICAR EL 40% DE DEDUCION DEL BRUTO COBRADO).

    - OTRO TEMA DISTINTO ES QUE HE GANADO UNA SENTENCIA EN DONDE SE ME DECLARA ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA EMPRESA ME HA PAGADO EN ESTE AÑO 2009 LOS PAGOS EN CONCEPTOS DE ATRASOS DE LOS AÑOS 2003, 2004, 2005, 2006 Y 2007. ¿ QUISIERA SABER SI ESTO PAGOS QUE SON DE PERIODOS IMPOSITIVOS DE MAS DE 2 AÑOS DESDE EL 2009 SON DEDUCIBLES TAMBIEN CON EL 40 % EN CONCEPTO DE RENDIMIENTO DEL TRABAJO IRREGULAR.

    MUCHAS GRACIAS
    SIULDG@HOTMAIL.ES

  • marita @ noviembre 22, 2009

    HOLA QUISIERA SABER POR QUE OCURRE QUE ALGUNOS AÑOS UNA DETERMINADA SOCIEDAD ABIERTA NO TIENE IMPUESTO ALA RENTA . LE ESTARE MUY AGRADECIDA

  • Jaume @ noviembre 22, 2009

    Hola marita,

    Creo que esta confundiendo el impuesto de la renta con el Impuesto de Sociedades, que es para sociedades como su nombre indica. Concrete más la pregunta y no use mayusculas por favor!

    Saludos

  • yola @ enero 12, 2010

    hola. Ojalà me pueda ayudar con una tarea que tengo. no encuentro la direccion correcta que me hable sobre el :
    *tratamiento fiscal del iva en cuanto a las comisiones mercantiles
    *reglamento de la ley del iva
    *porcentajes de depreciacion segun la ley del iva

  • daniel @ enero 19, 2010

    hola jaime. he ganado 60000€ en una casa de apuestas (bwin)cuanto tendria que pagar a hacienda y si despues tendria que hacer la declaracion de la renta

  • bonnie @ enero 20, 2010

    Soy profesora en estado de Hgo. y nos comentan que estan devolviendo una parte del impuesto sobre la renta ¿esto es cierto?

  • ENRIQUE RODRIGUEZ FERNANDEZ @ enero 22, 2010

    QUISIERA SABER DOS COSAS: 1º Por tener una invalidez del 33 al 65% que descuento se aplica . 2º por tener esposa a cargo sin ningun tipo de ingreso que coeficiente se aplica. por fabor ruego se me conteste ha estas dos preguntas muchas gracias

  • carmen @ enero 22, 2010

    tengo un 50 de una vivienda con caracter privativo mi pareja fallecio y sus hijos menores heredaron e otro 50 ellos quieren que yo me ponga al frente del 100 para vendela eso es legal si pedir orden judicial por la parte de los menores y hacienda a quien reclama

  • Jaume @ febrero 2, 2010

    @daniel
    Enhorabueno por el premio de las apuestas. Quizas me puedas ayudar tu a mi, :)
    Bueno, tus beneficios son un premio que tendrás que poner en la declaracion de la renta IRPF del año que lo hayas ganado. Por cierto, entiendo que por la cifra de 60.000 euros deberá llevar su retención del 18% en 2009 o del 19% en 2010.

    La tributacion, vendra por la escala de incrementos de patrimonio. Antes era el 18% y en 2.010 se acaba de estrenar una escala de gravamen del 19% para rendimientos hasta 6000 euros y del 21% para todo lo que supere dicha cifra… bueno, no es mucho… pero siempre puedes volver a jugar para pagar a Hacienda :)

  • Jaume @ febrero 2, 2010

    @yola
    Pues nada, busque busque… o pregunte a algun experto en internet

  • gabriel carmona @ febrero 3, 2010

    SEGUN EL RCFF DEL 7 DE DIC 2009 ART 25 Y 26 REFORMA DEL 21 DE DIC 2009 REGLAS PARA REANUDAR ACTIVIDADES, ¿ME COMENTARON QUE HAY QUE REACTIVAR A TODAS LAS EMPRESAS QUE ESTAN SUSPENDIDAS?

  • kurt @ febrero 4, 2010

    dos preguntas:
    si gano 60 mil euros, cuanto es el impuesto a pagar?

    tengo que pagar impuestos sobre ganancia en la ventas de acciones y que tasa se aplica? importa si mantengo la accion mas de 12 meses?
    muchas gracias

  • Ana Mª Perez @ febrero 14, 2010

    Durante el año 2009 he dado en alquiler una vivienda durante los meses de enero a abril, pero durante del resto del año no ha estado alquilada por no encontrar a nadie que le interesase, ¿Puedo deducirme los gastos de hipoteca del periodo que no ha estado alquilada la vivienda en la declaracion de la renta del 2009?
    Un saludo
    Ana

  • Miryam @ febrero 20, 2010

    Buenos dias,

    Vendi mi piso en Enero de 2.007 y aunque compré otra vivienda y aporte a la constructora una cantidad de dinero como reserva (de la cual tengo factura) en el plazo que me pedía hacienda para que fuera reinversión , la entrega de llaves y por tanto la compra con escritura Pública, se retrasó hasta Octubre de 2.009. Tengo que pagar el 18% del beneficio de la venta del piso?
    Muchas gracias

  • JUAN @ febrero 20, 2010

    Me voy a vivir a la republica checa en Marzo durante 6 meses. Tendré que hacer mi declaracion de renta en España.

  • Jaume @ febrero 20, 2010

    @kurt,

    60.000 euros… bueno en el impuesto sobre la Renta, IRPF hay una escala general y otra autonomica y por lo tanto si reside usted en Madrid, La Rioja o Valencia va a tener que pagar algo distinto aunque las diferencias son minimas.

    Para 60.000 euros puede esperar pagar 17000 o 18000 euros, cosa que depende de dónde tiene usted estos ingresos, posibles deducciones.

    En venta de acciones ya no tiene importancia cuanto tiempo se han tenido en el patrimonio. El tipo de gravamen para ventas de acciones y tambien de otros rendimientos mobiliarios como intereses de cuentas, bonos, préstamos o dividendos entre otros será del 19% para los pirmeros 6000 euros y del 21% para toda cantidad que supere los 6000 euros. Ya hemos hablado de eso en otra ocasión. Consulte los mensajes anteriores!

    Saludos.

  • kurt @ febrero 23, 2010

    muchas gracias por su respuesta. todavia tengo dudas. yo voy de tener ingresos de aprox. 60 mil euros en intereses, de diferentes bonds, que tengo en un portofolio fuera de espana. como entiendo, tendre que pagar 21% de impuestos sobre estos intereses. por otro lado lei en la ley sobre impuestos, que en espana se suma la renta de trabasjo, los ingresos de cspital y gsnancias en el cambio de patrimonio y despues se asplica la tasa segun la escala.asi me gustaria saber, si es asi, o si se asplica la tasa de 21%. muchss gracias por su respuesta. kurt

  • TERESA HERNANDEZ @ febrero 23, 2010

    BUENAS,
    MI MARIDO ESTA EN PARO COBRANDO SUBSIDIO, PERO PARALELAMENTE ESTA VENDIENDO PRODUCTOS POR E-BAY, DONDE INICIALMENTE EL IMPORTE GANADO AL MES ES MÍNIMO PERO NOS SIRVE COMO AYUDA. ESTA PENSANDO EN AMPLIAR LA VENTA DE PRODUCTOS Y PONER MÁS DEDICACIÓN YA QUE DISPONE DE MÁS TIEMPO PERO… ¿sI SUPERA LOS INGRESOS POR E-BAY A LO QUE ESTA RECIBIENDO DE SUBSIDIO PUEDE TENER ALGUNA REPERCUSIÓN FUTURA? ¿hAY ALGÚN TOPE DE GANANCIAS POR LAS CUALES SE DEBA DE ALGUNA MANERA DEDUCIR LOS IMPUESTOS POR ESTAS GANACIAS? ANTES DE TOMAR LA DECISIÓN NOS GUSTARIA SABER SI PODEMOS TENER ALGÚN PROBLEMA CON HACIENDA Y EN CASO AFIRMATIVO QUE DEBEMOS HACER. GRACIAS,

  • santiago @ marzo 6, 2010

    hola quiciera saber sobre el impuesto a la renta sus utilidades su definicion y objetivo y tambien sobre el impuesto a la fuente su definicion su objetivos

  • Jaume @ marzo 6, 2010

    Hola Santiago,

    bueno, su pregunta es teorica. Consulte las leyes fiscales. Que tenga Suerte!

  • Cristina @ marzo 8, 2010

    Hola, tengo una duda sobre la desgravacion por movilidad geograqfica.Yo soy de Granada y estoy empadronada alli,estuve apuntada al paro en mi ciudad y despues trabaje para una empresa durante casi 3 años.Cumplido ese tiempo me traslade a Madrid porque me salio un trabajo mejor en el que he estado dos años y medio. Me quede en paro y me apunte en la oficina de Madrid ya que yo queria que me llamaran de ofertas de Madrid y poder acceder a los cursos del INEM de la Comunidad de Madrid.Ahora he encontrado un nuevo trabajo en Madrid, pero sigo empadronada en Granada y me entere de lo de la desgravacion por movilidad geografica.Puedo desgravar entonces por movilidad geografica aunque me apuntara a la oficina del paro en Madrid? gracias

  • Jorge Guerrero @ marzo 15, 2010

    Hola quisiera saber donde puedo hacer una declaracion de la renta del 2008 y quisiera ver si es posible q agan sin costo alguno en alguna institucion o algo ya q me piden para la ayuda del subcidio por favor.
    —–gracias—–

  • Juan Campoy @ marzo 30, 2010

    Hola:
    Nuestro núcleo familiar está divido. Mi mujer y mis dos hijos viven y están empadronados en Almería en una casa de nuestra propiedad, que compramos en 2001 y por la cual estamos pagando una hipoteca.
    Por cuestiones de trabajo, yo vivo y estoy empadronado en Barcelona. Hata el mes de agosto de 2009, en un piso de alquiler, y partir de entonces en un piso que hemos comprado y por el cual pagamos otra hipoteca.
    En la declaración de la renta, estamos desgravando por la casa de Almería (mesualidad de 300 € aprox).
    Mi consulta es si en la declaración de este años, puedo cambiar y desgravar por el nuevo piso, ya que la hipoteca es bastante más elevada (mensualidad de 12oo € aprox).

  • SERGIO HERNANDEZ @ abril 5, 2010

    adquiri una vivienda ante infonavit pero solicite a mi patron que no me declarara para poder presentar yo mi declaracion , solo que necesito saber que forma debo de presentar

  • Claudia Mendes @ abril 7, 2010

    Hola, tengo una duda sobre el modelo 296 para no-residentes. En 2009, trabaje en una Universidad como profesora invitada por 2 meses y la Universidad hizo la retencion de 24%(sueldo total 4000 euros) del valor total de mis pagas. Mi pregunta es: tengo derecho a la devolucion de dichas retenciones? Si tengo el derecho, cual es el prazo para presentar la declaracion? la informacion en la pagina de la Agencia Tributaria habla de un plazo hasta el dia 31 de enero de 2010 (que ya paso). Bueno, no lo se y no entiendo porque recebi mi certificado de renta de la Universidad solo ahora en abril 2010 si el plazo para presentar la declaracion fue en enero. Ahora tengo mi residencia fiscal en Espana ya que estoy trabajando como profesora visitante y necesito saber mas detalles sobre esto para regularizar mi situacion aqui. Muchas gracias por todo.
    Saludos,

  • SAra @ abril 13, 2010

    hola,tengo que hacer un trabajo eventual de un dia, pero me solicitan factura, existe alguna manera de facturar sin darse de alta como autonomo. el trabajo serian de unos 300 euros porque me pagan el transporte

  • jose @ abril 21, 2010

    Buenas, en 2008 estuve trabajando de autonomo, no declare los modulos, en 2009 estuve trabajando por cuenta ajena, y no hice la declaracion de la renta, por no tener los modulos declarados. Me gustaría regularizar mi situación fiscal, y no se bien, que pasos he de seguir, como no hice la declaracion de la renta de dicho año 2008, no se si puedo hacer un paquete, es decir, con lo que debo y con lo que me deben .Podrían orientarme a este respecto?
    muchas gracias y un saludo

  • Fernando @ abril 26, 2010

    Hola. Recientemente he cambiado de trabajo y en mi nómina recibo un “car allowance”-ayuda para coche-, que se suma a mi salario y tributo por el total de la ayuda (y además me sube el tramo de IRPF), mi empresa no tributa nada y lo único que no grava son los 19centimos/Km que me abonan en mis desplazamientos como gastos no tributables. No debería tributar solo por 2/7 de dicha ayuda como con el renting que tenía en mi antigua empresa? Gracias. Saludos

  • luis @ abril 29, 2010

    cual es impuesto de renta a personas juridicas y sociedades en 2008-2009-2010

  • ALEX PEREZ @ mayo 1, 2010

    Estimado Asesor:

    En 2006 compré una vivienda junto a mi ex-pareja en régimen de ganancales por 126000 € solicitando un préstamo por 170000 para reformas y amueblado.
    En 2009, ya divorciados, hacemos una cesión de condominio de mi 50% reflejando en la escritura de cesión de condominio en 92000 € (mi 50% de deuda de prestamo mas 12000 € que me dio en efectivo)
    Ahora tengo dudas si he experimentado incremento o disminución de patrimonio, ya que entiendo que los préstamos al ser deudas no es patrimonio, por tanto, si la vivienda costó 126000 y ahora se vende por 184000, se ha revalorizado en 59000 € correspondiendome a mi en teroria el 50% que serían 29000 € de los que solo me ha ofrecido 12000 €, disminuyendo mi patrimonio en 17000 €
    Les agradecería me indicaran si mis cálculos son correctos y si no lo son, me indiquen como he de reflejar esta situación en mi declaración 2009. Muchas gracias por anticipado.

  • ange @ mayo 6, 2010

    Buenas tardes, el año pasado me compré una vivienda. Hoy me ha llegado el borrador fiscal pero es que no tengo ni idea, es como si estuviera intentando leer en chino. ¿Podríais ayudarme? gracias

  • silvia @ mayo 12, 2010

    Hola,quisiera haceros una consulta.Resulta que mi abuelo y mi abuela tenían una vivienda de la que eran titulares a partes iguales. Mi abuelo murió en el año 1994 dejándonso a mi hermana y a mi como herederas universales y a mi abuela como usufructuaria. Mi abuela murió en el 2006 y es cuando hicimos la aceptación de herencia. Ahora en el 2009 hemos vendido la vivienda y nos toca declarla en hacienda. Mi duda es cual se considera la fecha de adquisicion de esta vivienda si la fecha de fallecimiento de mi abuelo y o de mi abuela. Muchas gracias por su ayuda

  • Ana @ mayo 17, 2010

    Tras la venta de un inmuble en Madrid en 2005, El 13 Mayo del mismo anio mi gestor presento el modelo 212 en la agencia tributaria con un importe a devolver: 9,105.34 euros.

    Pasados 15 meses y no habiendo recibido ninguna noticia sobre este asunto me personalice en Madrid en la agencia tributaria donde una funcionaria me reclamaba que yo no tenia ningun derecho a la devolucion por no trabajar en Espana.

    He comprobado recientemente que el documento (212) tiene cumplimentado el apartado “Importe D ” a la vez que “cuota cero” cosa que puede haber impedido el pago de dicha devolucion.

    Que tramites tengo que hacer para obtener la devolucion de los 9,105.34 euros?

    Como puede una declaracion dar a devolver y cuota cero a la vez?

    Cual es el tramite en la Agencia Tributaria cuando pasa algo asi?

    Llevo varios anios intentando arreglar este asunto y no veo la forma de comunicarme con esta administracion. Les agradeceria me ayudasen a resover esta situacion.

    Gracias con antelacion,

    Ana

  • Niurka @ mayo 20, 2010

    Sres: Me fue denegada mi solitud de anticipo de renta por maternidad alegando que fue presentada fuera de plazo y queria saber si tengo derecho a una reclamacion. Mi bebe nacio el 11.11.09 y yo termine contrato de trabajo el 17.11, en vista a que terminaba contrato y que ya no tributaba al IRPF pense que no ppodia solicitar esto hasta que no volviera a trabajar por tanto cuando comence nuevo contrato el 1.04.10 fui y lo solicite el 15.04.10, diganme en que momento se rompe el plazo, para entenderlo y ademas sabeer si tengo oprtunidad de reclamacion, si bien la ley 35/2006 en su art 81 dice “….mujeres que realicen una actividad por cuenta ajena o propia…..”, por lo que al perder esa condicion entendi que debia hacerlo posterior a volver a ser contratada.
    Saludos y espero puedan ayudarme

  • Marta @ mayo 24, 2010

    Hola,
    Quería hacer una consulta a ver si alguien me puede contestar. Me ha revisado Hacienda la declaración de la renta del año 2008 y me sale una diferencia a pagar 600 euros por hacer mal la deducción de vivienda(bueno estoy en los días que hay para hacer alegaciones), al consultarlo con el gestor que me ha hizo me da a entender que como no disponía de toda la información que necesitaba (que era lo que me había deducido de la anterior vivienda) que lo había echo a ojo. Esa información la tenía yo seis pisos más arriba porque somos vecinos pero si no me la pide…. Bueno pues el ojo lo debía de tener vago porque me la hizo mal y ahora me vendrá a pagar esa cantidad más intereses más multa. Lo malo será que luego le revisarán a mi marido y estamos en las mismas. ¿Alguien sabe a cuanto asciende la multa y los intereses? ¿No debería hacerse cargo el gestor de la multa? Gracias,

  • anita @ mayo 28, 2010

    en el año 1998 me compre una vvda habitual por 30.000 euros y la vendi en el año 2007 por 100.000 euros, de la cual obtuve una ganancia exenta de 69.949,40 euros por reinversion en otra vvda habitual, la cual me compre dentro de los dos años de plazo, la nueva vvda habitual me costo 206.203,75 euros con todos los gastos incluidos, para la cual solicite un prestamo hipotecario de 80.000 euros. anteriormente me habia deducido en la vvda habitual 19.927,28 euros. y durante el 2009 habia pagado de hipoteca 1.8911,55 euros.
    este año me dicen que no tengo derecho a deduccion en la vvda habitual y que hasta que no haya pagado por la nueva vvda 31.731,08 euros no me puedo deducir nada, quisiera saber si estos calculos son correctos.saludos

  • tepe @ junio 3, 2010

    Mi caso es elsiguiente: vendí mi casa el 13/02/2008 por motivos de separación matrimonial. El importe obtenido, concretamente la mitad por estar en régimen de gananciales, lo reinvertí en la compra de una vivienda en construcción,que será mi vivienda habitual, pues ahora resido con mi padre en la suya, conforme a contrato de compraventa de fecha 31/03/2008. En enero del año en curso reinvertí la totalidad de lo que saqué por la venta de mi antiguo piso, pero la firma de la escritura se realiza en este me de junio, es decir trascurridos mas de dos años desde la compra realizada el 30/03/2008. Mi pregunta es tengo que pagar por la plusvalia que se me produjo si lo he reinvertido todo en mi nueva vivienda habitual. He consltado a mas personas y cada una da una interpretación. Tengo justificantes de las facturas con su IVA correspondiente con la reinversión total dentro del plazo de los dos años. Ademas, comola que compro me cuesta 30000 euros que lo obtenido por la venta de la anterior, tengo pensado hacer una hipota. Espero contestación. Gracias anticipadas y perdon por las molestias.

  • sokatira @ junio 7, 2010

    hola, en 2007 decidimos comprar vivienda sobre planos. Entregamos 24000 euros a cuenta, por los que deducimos. La vivienda no se ha construido ni la urbanización pues la constructora está ahora en fase de concurso de acreedores y con denuncias por estafa. Hace 1 mes (2010) hemos comprado vivienda. La duda es ¿cómo puedo deducir los gastos de la vivienda nueva para el ejercicio siguiente como vivienda habitual teniendo habiendo deducido por la que no va a construirse? ¿he de devolver las cantidades deducidas o hay otra manera? GRACIAS

  • aliot @ junio 9, 2010

    Una vivienda de protección ofical que se compro a un familiar mediante el pago de unas quotas mensuales. Todo ello consta escritura.

    Las cantidades pagadas mensualmente el vendedor las ha de declarar o estan exempas. Si el habitage está acogido a la Leis de Proteción Oficial con cédula de qualificación definitiva de 28 de septiembre de 1981.

    Una hipoteca o préstamo personal para que se pueda desgravar, que plazo hay para solicitarla si es posterior a la compra.

  • CAROL @ junio 15, 2010

    POR FAVOR TENGO UNA DUDA, UN FAMILIAR COMPRO HACE MENOS DE 1 AÑO UNA VIVIENDA POR 70000 EUROS Y LA TIENE QUE VENDER , EL PRECIO ACTUAL DE VENTA EN PRINCIPIO POR LO QUE SE ESTAN VENDIENDO SERA DE 135000 EUROS, CUANTO TENDRIA QUE PAGAR DE IMPUESTO DE PLUSVALIA.

    GRACIAS.

  • edwn ernesto flores @ junio 15, 2010

    Presente mi declaracion del impuesto sobre la renta el dia 15 de abril de este año y me dijeron que presentara documentacion y asi lo hice el dia 26 de abril y hasta la fecha no me han devuelto quisiera saber cuanto mas tardaria esa devolucion
    gracias

  • jesus @ junio 16, 2010

    Hola

    Tenemos la cobranza de un colegio, de muy alto nivel, este colegio no toma ninguna garantía a su favor, con los padres de los alumnos que asisten a sus estableciento, por la inscripción de los estos en sus colegio, (no firman pagares, no firman letras, no dejan cheques, ni mandatos…), solo quedan registrados en sus libros de inscripción.
    Nosotros como empresa de cobranza hemos agotado las instancias de cobro y el colegio nos está pidiendo castigar tributariamente.
    El SII, en su Circular N° 24, de 24.04.2008, señala:

    “Requisitos generales para admitir la deducción de castigos por créditos incobrables:
    1) La norma indicada en el Capítulo anterior, establece tres requisitos para que los créditos incobrables, otorgados por contribuyentes que declaren su renta efectiva en la Primera Categoría, puedan ser castigados durante el año comercial respectivo y deducirse de la renta bruta para la determinación de la Renta Líquida Imponible de Primera Categoría.
    2) Estos requisitos son los siguientes:
    a) Que provengan de operaciones relacionadas con el giro del negocio;
    b) Que el castigo de dichos créditos incobrables haya sido contabilizado oportunamente; y
    c) Que respecto de ellos se hayan agotado prudencialmente los medios de cobro.”

    Podemos realizar castigo tributario sin contar con documentos que respalden la deuda, solo el libro de registro de los alumnos en el colegio????

    Saludos

    Jesús

  • Petty @ junio 25, 2010

    HOLA , ME GUSTARIA SAVER COMO PUEDO MIRAR QUE LAS GANANCIAS DE NUESTRA VIVIENDA HABITUAL QUE LA VENDI JUNTO CON MI EXPAREJA NO ME HALLAN PUESTO AMI EL 100% DE LAS GANANCIAS YA QUE FUE A MEDIAS DONDE PUEDO MIRARLO ?
    GRACIAS

  • Jesus @ agosto 3, 2010

    Buenas tardes. Somos una PM de nueva creación, cuyo objeto y giro al que nos dedicaremos es al de “otorgamiento de uso o goce temporales de bienes (arrendamiento de locales comerciales)” tanto a personas físicas como a personas morales; pero resulta que la propiedad de los bienes (locales) pertenece a una PF totalmente ajena a la PM, ¿Puede este hecho ser válido para efectos ficales? ¿Existe algún fundamento legal que pueda respaldar esos actos, sin que haya perjucio para ninguna de las partes involucradas (PF y PM)? ¿Será necesario traspasar la propiedad de los bienes a la sociedad o al representante legal? Espero respuesta. Gracias

  • Hans Loffler @ agosto 8, 2010

    Empece a trabajar en Agosto del 2009 en Espana y pague el 24 % de impuestos.Hice la declaracion y me salio que me devolverian 1900 Euros, pero Hacienda me informa, que no he estado 183 dias en Espana y no me devolveran nada. Esto esta mal, ya que tengo mi mi domicilio permanente en Espana. Gracias por su respuesta.

  • lucia @ agosto 13, 2010

    buenos días, de antemano agradezco su colaboración. En la actualidad poseo un inmueble en madrid con mitad de posesión con mi pareja, no estamos casados y me gustaría comprar por mi parte otra vivienda en un pueblo por valor de 30.000€, tendría que hacer declaración de patrimonio? mi pareja tiene una empresa y me ha dicho q podíamos meterlo como actividad es eso posible? q repercusión tendría? me gustaría pagar lo menos posible. gracias

  • javier @ agosto 14, 2010

    Buenos dias:

    Mi pregunta es la siguiente:
    En Septiembre de 2008, adquirí mi vivienda habitual en Pontvedra, por la cual me desgravo todos los años por las cantidades que destino para ello.

    En septiembre, octubre y noviembre me voy a marchar fuera y me planteo la posibilidad de alquilarla esos 3 meses.

    Podria aplicar la deducción de compra habitual el año que viene al haberla alquilado?.

    Gracias.

  • santiago @ septiembre 2, 2010

    hola! actualmente estoy trabajando por cuenta ajena. me ofrecen una oportunidad para entrar a formar parte en una comunidad de bienes.¿tendria q pagar a autonomos? o podria participar sin necesariamente cotizar por el regimen de autonomos?.muchas gracias

  • Patricia Fraile @ septiembre 8, 2010

    Buenos días,
    Hacienda me ha enviado una notificación con una sanción y el caso es el siguiente:
    Adquiri un piso a finales del 2002, todavia no estaba construido y lo terminaron en el 2009. Durante esos años pagaba unos intereses que me ido deduciendo en las declaraciones pero en la declaración del 2008 me hacen una paralela y dicen que esos intereses solo se pueden descontar durante 4 años y que tengo que pagar 742€. Recuro por no estar de acuerdo y lo siguiente es que me mandan la sanción haciendome otra paralela, totalmente diferente a la que me habian hecho anteriormente,en la que sale a pagar, con sanción del 50% incluida 1900€. Paso por Hacienda y med dicen que la sanción es por haber dejado de ingresar la cantidad de 742€, según ellos tienes que pagar y luego recurrir. Mi pregunta es:¿puedo recurrir por no estar de acuerdo con la sanción ni con la cantidad de 1900€ puesto que es una declaración paralela totalmente dioferente a la primera que me hicieron? Lo lógico sería que, aunque me pusieran sanción, las dos declaraciones paralelas fueran iguales ¿ o no?.
    Muchas gracias y espero su respuesta lo más rápido posible.

  • MONCE @ septiembre 8, 2010

    Hola, gracias por tu apoyo necesito tu criterio acerca de :
    Formulario de la Empresa 107 errores:
    Formulario 104 errores
    Tengo facturas que no se han declarado tanto en 104 IVA ACTIVOS FIJOS como en 107 gastos, tengo que de ley hacer sustitutivas del mes que no declarò el Activo Fijo mensual o puedo compensar en la declaraciòn de renta 102, esta persona es natural y no lleva contablidad; pero hasta la empresa le reiene demàs.

  • Toni @ septiembre 10, 2010

    En el año 2004 abrí una cuenta vivienda y gracias a la moratoria de dos años, el dinero ahorrado en la cuenta vivienda se podía usar hasta finales de este año.

    Esta semana me he comprado un piso con el dinero de la cuenta vivienda pero no voy a vivir en él, ya que me ha salido una oferta de trabajo en Alemania y me voy a trasladar allí.
    Obviamente, no voy a poder desgravarme la hipoteca en los próximos años ya que no haré declaración del IRPF en España, pero el dinero desgravado en la cuenta vivienda debería estar justificado sin problema, ya que el caso de traslado por trabajo se contempla en la consideración de vivienda habitual.

    Mi primera pregunta es la siguiente: Puedo desgravarme los pagos hechos en la compra en la próxima declaración (2010) aunque no vaya a vivir en él?
    Y la segunda pregunta es: Puedo alquilar el piso durante los años que me encuentre trabajando en el extranjero? O acaso se espera que es piso quede vacío y sin uso durante ese periodo?
    En principio estaré fuera un mínimo de cuatro años.
    Muchas gracias.

  • emanuel @ septiembre 11, 2010

    quiero saber cuamto tengo acumulado en impuesto sobre la renta y que puedo hacer con eso

  • ana @ septiembre 30, 2010

    hola compre una casa en 1998 para la cual pedi una hipoteca de 17,000,000 de pts. esta se vendio en 2005 por 36,000,000 pts. en principio haciendo me reclamo que las ganacias no se invirtieron en plazo en adquirir otra vivienda y me pedian 3,000,000 pts, se pobro que esto no era asi y eso solucionado. despues recibo otra carta en la que me dicen que en escritura figura que la casa valia 11,800,000 pts y que la totalidad de lo que pedi de hipoteca no lo gaste para la casa. no fue asi la casa me costo realmente 14,600,000 pts, 1,200,000 que se llevo una inmobiliaria, iva y demas gestiones, y sobraron 21,000 pts. Hacienda dice que debo justificar ese dinero pero yo despues de 17 años no tengo nada, he pedido movimientos al banco para pobrar que el importe de la hipoteca fue integro para eso, pero mi gestor dice que va dar igual que yo acepte firmando esas escrituras ese valor o no se que y hacienda me pide 4000 euros. no estoy de acuerdo como puedo solucionar eso por favor

  • Maider @ octubre 6, 2010

    Me dirijo a ustedes con la intención de aclarar unas dudas. A mi pareja y a mi, nos ha llegado una notificación de la Hacienda Gipuzkoana en la que nos reclaman una cantidad de dinero importante y una sanción porque en las declaraciones del 08 y en la del 09 aparecíamos como solteros cuando somos pareja de hecho desde el 2008. En la declaración del 2008 ( que nos llegó a casa) constamos como unidad familiar la madre y el hijo y en la del 2009 ( que la rellenó el asesor de la Caja de Ahorros) el padre y el hijo. Cuando nos hicieron el borrador nos preguntaron el estado civil y aclaramos que éramos pareja de hecho y comparando con declaraciones anteriores nos recomendaron hacerlo de esta manera. Ahora nos ha llegado la notificación para hacer el ingreso de la corrección y al padre una sanción por no aportar la documentación correspondiente de pareja de hecho.

    En hacienda me dicen que sólo puedo recurrir la sanción y que en el caso de no ser favorable la cantidad a pagar aumentaría. Dicen que el contribuyente es el único responsable puesto que firma el documento y que aunque no hayamos obrado de mala fe tenemos que abonar la cantidad reclamada. ¿Existe alguna manera de alegar la sanción y/o la deuda? ¿Qué posibilidades tenemos? Agradeciendo de antemano el servicio que ofrecen,un saludo,

  • Hermion @ octubre 18, 2010

    Hola,

    Acabo de pedir una vivienda de alquiler del Plan alquila y me están ponindo mil pegas. Mi novio está en paro con 2 años de paro y yo tengo contrato indefinido. Al principio nos pidieron avalista y despues de entregarlo nos dicen que necesitamos otro (es decir, 2 personas) o que el avalista figure como inquilino (para agilizar los trámites) pero esta persona tiene una casa en propiedad. Me gustaría saber que repercusiones puede tener a nivel fiscal para él aparecer también como inquilino en nuestra casa.

    Muchisimas gracias.Un saludo

  • antonio @ octubre 20, 2010

    mi entidad bancaria hizo mi declaracion de la renta,todos los años la hizo por separado y salia bien,este año me la hizo por conjunta alegando que me salia a devolver 345 Euros, a la feche recibí una comunicacion de la agencia que no es correcta y tengo que abonar 1347 Euros,las reclamacion esta fuera de plazo,¿puedo exigir alguna indemnización y responsabilidad a mi entidad financiera por su iniligencia?

  • ruben @ noviembre 23, 2010

    hola, mi pregunta es si despues de adjudicarme una vivienda proveniente de una cesion de credito(ya esta pagadada), ¿si hipoteco la vivienda puedo desgravar en los años sucesivos?. Gracias

  • Miguel @ noviembre 25, 2010

    Hola
    Mi cuestion es la siguiente.Abrí una cuenta ahorro vivienda y adquirí antes del plazo de cuatro años una vivienda sobre plano.Aun ni siquiera han empezado a construir(lo harán en breve).Han cambiado de promotor y tengo la posibilidad de renunciar a ella y devolverme las cantidades, ya entregadas, integramente.
    Mi duda es ,al renunciar a dicha vivienda,¿hacienda me reclamará el dinero que he recicibo de las desgravaciones en las declaraciones de la renta mas intereses?.¿Me sancionarán o no?.
    Gracias.

  • jose @ noviembre 28, 2010

    Tengo la posibilidad de trabajar desde casa para una empresa en USA. Dicen que me pagarían por Paypal. ¿Cómo debería declarar esos ingresos? ¿De qué forma sería más ventajoso? ¿Tengo que pagar autónomos? ¿Valdría con que pagase autónomos 1 mes al año?
    Gracias!!

  • yolanda @ diciembre 1, 2010

    soy propietaria de una vivienda donde se va a instalar un ascensor. No hay minusválidos.
    Mi pregunta es, desgrava? y si es así, lo tenemos que pagar todo antes de que acabe el año?? ya que al igual que el año que viene no desgravan las hipotecas no pase lo mismo con esto.

  • javier @ diciembre 1, 2010

    estoy jubilado y creo que este año me toca pagar. me recomiendan aportar a una EPSV(vivo en Bilbao)y segun mi opinion notiene mucho sentido, porque
    cuando lo rescate y solicite una renta periodica, al incrementar mi base
    imponible, pago los impuestos que me he ahorado. Esto es asi? Alguna
    sugerencia?

  • Carla @ diciembre 5, 2010

    Que se puede regular a través de los estatutos de autonomía en materia tributaria

  • fede @ diciembre 12, 2010

    Hola
    En noviembre de 2007 adquirimos la que ahora es nuestra vivienda habitual, traslandonos a ella a principios de 2008; estta vivienda esta gravada con un prestamo hipotecario. En diciembre de 2010, hemos vendido la que hasta 2007 era nuestra vivienda habitual. Si reinvertimos este incremento patrimonial en la hipoteca de nuestra actual vivienda, ¿está exento la totalidad del dinero que reinvertamos en la hipoteca de tributar el 18% de IRPF?. Eso me parece entender de la lectura de la informacion que aparece en su página en la que se dice:

    * Plazo de la reinversión.

    La reinversión del importe obtenido en la enajenación deberá efectuarse, de una sola vez o sucesivamente, en un período no superior a dos años, contados de fecha a fecha, que pueden ser no sólo los posteriores sino también los anteriores a la venta de la anterior vivienda habitual.

    No obstante y excepcionalmente , en aquellos casos en que se adquiera una nueva vivienda previamente a la transmisión de su vivienda habitual y dicha adquisición hubiera tenido lugar durante los ejercicios 2006, 2007 ó 2008 , el plazo de dos años para la transmisión de la vivienda habitual, establecido con carácter general en la normativa del Impuesto, se ampliará para todas ellas hasta el día 31 de diciembre de 2010.

    En los casos anteriores, se entenderá que el contribuyente está transmitiendo su vivienda habitual:

    • Cuando la vivienda que se transmite, constituya su vivienda habitual en el momento de la venta o hubiera tenido tal consideración hasta cualquier día de los dos años anteriores a la fecha de transmisión.

    • Cuando la vivienda que se transmite hubiese dejado de ser vivienda habitual por haber traslado el contribuyente su residencia habitual a la nueva vivienda en cualquier momento posterior a su adquisición.

    http://www.aeat.es/wps/portal/Informacion?channel=d87eb0f0ddaca010VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=2&img=7

    Aunque tiene más de 2 años, la adquirimos en 2007, entiendo que seria aplicable esta exencion pero tendriamos que reinvertirlo antes de que acabe el año.
    Muchas gracias. Atentamente

    Maria Eugenia

  • MIguel Hernandez @ diciembre 19, 2010

    Hola, mi caso es el siguiente:
    - En septiembre del 2010 he contraido matrimonio, mi mujer vive y tributa en Navarra.
    - Hasta ahora yo tributo en la rioja, ya que tenia mi residencia alli, ademas tengo la hipoteca en la rioja ya que me lo compre de soltero.
    Este año como debo hacer la declaracion, en navarra en la rioja?? si es en navarra como?? debo comunicar el matrimonio en hacienda navarra?? puedo desgravarme el piso al menos hasta septiembre?? un saludo y gracias

  • Maite @ diciembre 23, 2010

    Buenos días. Me he separado de mi pareja, vamos a tramitar el divorcio y estamos pensando en vender el piso, pero todavía no hace 3 años que los compramos. Quería saber como nos afecta el vender el piso antes de los 3 años. Si tenemos que devolver la deducción por vivienda habitual que hicimos en la declaración de la renta. Si, en el caso de que haya alguna ganancia, si todavía está el tema de poder reinvertir en vivienda habitual y si esta inversión puede ser comprando un terreno para contruir la vivienda habitual. Saber también si se vende y se compra el mismo año facilita las cosas.
    Muchas gracias y saludos. Maite

  • eva @ enero 14, 2011

    hola, me gustaría obtener informacion de la siguiente pregunta:
    He vendido un olivar y he comprado otro por menor importe. supongo que tengro que tributar por incremento de patrimonio, pero no se por qué cantidad si es por la ganancia del que vendo o puedo restarle el importe de la compra del otro olivar que compro. gracias

  • juan @ febrero 2, 2011

    buenas noches, hacienda me reclama la declaracion de la renta de 2007 por un importe total de 2400e. aprosimadamente con intereses y sancion incluida YO PRESENTO ALEGACIONES Y DECLARACION deese periodo que sale a devolver 424e. mi sorpresaes que hace unos dias me llega un escrito que me devuelven los 424e. pero que se quedan con ellos porque tengo una deuda de 2400e. como puedo resolver este lio

  • Fernando Meco @ febrero 7, 2011

    Hola me despiden y me indemnizan con 70 dias por año trabajado mas una cantidad lineal. Como tributaria esto?
    Tambien me dan la opcion de pasar a otra empresa cocontratada por ellos y firmar un cese voluntario, la imdemnizacion seria la misma que en el caso anterior. De que manera tributaria? y si seria una renta irregular? Gracias

  • cristina @ febrero 8, 2011

    Buenos días mi padre es funcionario por clases pasivas y está exento de hacer la declaracion de la renta, el banco le indicó de poner un dinero a plazo a fijo 10.000 euros entonces quería saber si al poner ese dinero en plazo fijo estaría obligado a hacer la declaración de la renta , porque si es así pues no lo pondría porque le tocaría pagar a hacienda . La declaracion de la renta de mi padre es individual está viudo al no llegar al tope previsto pues está exento de hacer la declaración, por eso está mi duda. Gracias un saludo.

  • José Luis @ febrero 8, 2011

    He recibido una declaración paralela de IRPF negándome la desgravación por hipoteca 1ª vivienda. Lo cierto es que yo adquirí la vivienda en 1984,y obtuve un préstamo con garantía hipotecaria en 2001, por lo cual me estoy desgravando. Hasta ahora no ha habido ningún problema, pero este año me requieren toda la desgravación. Esto ¿es correcto?, y si no lo es qué respuesta puedo dar y que documentos puedo aportar. En el borrador que Hacienda envió sí consta la dessgravación-El importe del préstamo lo dediqué a pagar un préstamo anterior de mis padres y a realizar obras en la casa. De la primera compra no realicé desgravación alguna Muchas Gracias.

  • mila @ febrero 27, 2011

    Alquilo una vivienda hace 5 años pero desde el 2008 empeze a hacer la declaracion a la renta ya q me indicaron que podia degravarme ese alquiler, pues hace 2 meses mi casera me pidio q le envie el nº catastral porque habia un error (ya que tiene otro piso a su nombre), se lo envie y hace 2 dias me llego una carta indicandome que habia una incidencia y que tenia que presentar contrato y recibos(q en su momento los presente).No encuentro el original del contrato q es del 2006 solo una copia los recibos si los tengo todos en ese contrato pagaba 700€ y desde el 2009 me los subio a 800€ pero sin firmar nada, habria problemas por eso,me va a perjudicar o es que han cruzado datos y la casera no a declarado el piso que me alquilo, ayudarme porfa, gracias!!!

  • Africa Garcia @ marzo 23, 2011

    Hola En diciembre de 2008 realizo mi primera aportación a la cuenta vivienda por 9015 euros y sucesivamente en 2009, 2010 por el mismo importe. Hace una semana he hecho una reserva para la compra de una vivienda y he realizado la aportación para 2011 (antes de hacer la reserva). Con en la nueva ley de entrada en vigor el 01/01/2011, las personas que tengan una BI superior a 24000 euros, no tendrán derecho a deducción, entre ellos yo. ¿podría retirar de la cuenta vivienda esos 9000 euros que he aportado este año, porque no me los voy a poder deducir? o ¿tengo que emplearlos obligatoriamente en la reforma de la vivienda? El motivo es que de momento no voy a emplear más dinero para invertirlo en la vivienda y con los 27000 ya cubro los gastos (ya que lo tengo compartido con mi pareja). Gracias

  • danny @ marzo 25, 2011

    hola asesor ahora que me ha llegado del inem sobre la renta. estado 7 meses cobrando el paro pero llevo 1 año cobrando la ayuda familiar y me ha llegado de impuesto sobre la renta sobre 5.794.91 importe integro es la primera vez que me manda eso y no se si tengo que pagar o me devuelve el importe indicado y quiero que me explique gracias y q dois lo bendiga

  • Alberto MA @ abril 4, 2011

    Buenos días, agradecería su ayuda en la siguiente cuestión.
    En el pasado 2010 realicé una única facturación de 780€ coo autónomo (sin IVA al tratarse de un tema de formación) con su correspondiente IRPF. Al ser una cantidad inferiror a 3000€, no hice ningún alta en Seguridad Social ni IAE. Mi pregunta es, consultados mis datos fiscales para la declaración de la Renta de 2010, obviamente figuran estos datos pero, a la hora de tributar en la declaración dde la renta ¿dónde y cómo debo meter estos ingresos? no realicé ningún alta en IAE ni pago de cuotas a la Seguridad Social.
    Gracias y un saludo

  • ALFREDO @ abril 7, 2011

    HEMOS VENDIDO UNA CASA QUE OBTUVE MEDIANTE HERENCIA DE MI PADRE; EL VALOR DE ADQUISICIÓN QUE TENGO QUE PONER EN LA RENTA ¿ES EL QUE APARECE EN LA ESCRITURA DE ADJUDICACION HEREDITARIA DIVIDIDO ENTRE DOS POR TENER UN HERMANO?, PARECER SER SON DOS MITADES SIN CONTAR MI MADRE. GRACIAS.

  • Paulo Pallas @ abril 10, 2011

    ¿Qué una consulta vinculante? Si se plantea a la Dirección General de Tributos saber si obliga al contribuyente que ha planteado la consulta.Es decir, si desde que haces la consulta vinculante ya Hacienda hace un seguimiento de tu declaración para constatar que has seguido sus indicaciones.vamos, en román paladino, si quedas fichado desde ese instante.

  • Miguel Angel @ abril 10, 2011

    Hola quiero saber si tengo que hacer declaracion renta si no he llegado al mínimo pero si he estado 8 meses en una empresa y el resto en otra diferente pero no a la vez , y mi consulta es si se consideran 2 pagadores o uno ya que no ha sido en el mismo periodo para estar exento de declarar, gracias

  • Jaume @ abril 10, 2011

    Hola Miguel Angel,
    Si has trabajado para 2 empresas, tendras 2 pagadores ya hayan sido al mismo tiempo o de forma consecutiva. O sea, que si tienes que hacer la declaracion de renta pensando que en realidad tu tenias un solo pagador, pues no!
    Saludos

  • Jaume @ abril 10, 2011

    Hola Paula Pallas,

    En mi opinion, la Agencia Tributaria no va a perseguir por meros indicios o suposiciones a partir de lo que tu les digas y ellos te digan. No es la forma y tendrían un trabajo enorme de investigación que no resultaría rentable.

    Bueno, en todo caso, esto no será una consulta vinculante jeje.
    Saludos

  • manuel @ abril 12, 2011

    Hola
    Llevo pagando una hiporteca desde el 2003. Según tengo entendido, todos los años me devuelven al hacer la declaración del IRPF unos 1000€ gracias a ella, porque el IRPF de mi trabajo está calculado para que más o menos el resultado no salga a cobrar ni devolver.
    Pues bien, en noviembre del año pasado me metí en una 2ª hipoteca, por las que tengo entendido que no se desgrava, pero podría declararla como 1ª ya que voy a vivir en ella habitualmente.
    1º Quería saber si me compensa declararla como 1ª sólo para los dos meses que la disfruté (supongo que me devolverían menos que con la otra al ir en proporción) o si es mejor dejarlo ya para la declaración próxima.
    2ºPor otro lado, supongo que me devolverían más dinero si declaro la segunda hipoteca como vivienda habitual ya que el importe que pago es el doble, corrígeme si me equivoco.
    3ºHe leído en algún sitio que podría incluso tocarme pagar por ello, es decir, por tener dos hipotecas.¿es eso cierto?
    4ºPor último, decirte que también heredé un piso en régimen de alquiler relativamente bajo; quería saber si me interesa declararlo también o probablemente incrementaría mis posibilidades de tener que devolver dinero a hacienda por ello. Me lo están cobrando a mí y está el contrato a mi nombre pero el que me está dando el dinero para pagarlo es un amigo mío que lo está disfrutando como inquilino..por lo que si quisiera podría (¿debería?) declararlo como otro gasto mio.

    un saludo y muchas gracias de antemano
    Manuel

  • L. E. Mijares @ abril 12, 2011

    Buenos días. Someto a consulta lo siguiente: ¿Puede un copropietario de edificio en propiedad horizontal aplicar retención por ISLR a los recibos de condominio, cuando éstos son solo la representación de las contribuciones que dicho propietario debe hacer a los gastos comunes del edificio? Agradezco enviar su atenta respuesta a dirección electrónica indicada.

  • Olga @ abril 14, 2011

    Hola, son dos cuestiones:
    1ª Estuve como autónomo hasta el 31/08/2009, fecha en la que pasé a ser trabajador por cuenta ajena, dejé una deuda con la S .Social y en el 2010 he pagado una cantidad a cuenta de esas cuotas más intereses, que terminaré en el 2011 y 2012.
    ¿Puedo incluir esa cantidad pagada en 2010 en los gastos deducibles por trabajo en la declaración de la renta de 2010?
    2ª En las facturas pagadas al abogado y procuradora que representaban a una entidad bancaria por trámites de embargo que después se quitaron, hay unas cantidades del 15% de IRPF.
    ¿Puedo incluir esas cantidades en mi declaración de la renta de 2010 como pago a cuenta del IRPF?
    Gracias anticipadas.

  • Ana P. @ abril 27, 2011

    Buenas tardes. Mi cuestión es muy sencilla. Soy autónoma y quería saber si me desgraba en la declaración una factura por la realización de un logo y mascota para mi empresa. Saludos y gracias.

  • Pilar @ abril 28, 2011

    Hola, mi pregunta es la siguiente: He rescatado por jubilación un plan de pensiones y en el borrador, HACIENDA me imputa todo el capital como un ingreso, le da el mismo tratamiento que lo cobrado por la Empresa y lo percibido por la pensión de jubilación.
    ¿Es esto correcto?, yo creo que no, porque el capital son aportaciones que yo hice en su día.
    Espero su respuesta. gracias

  • John Smith @ mayo 3, 2011

    Soy residente en UK, vendí una casa que tenía en España hace 3 años y pagué el 35% del IRNR, luego solicité rectificación pidiendo devolución porque era discriminatorio el 35% en vez del 15% y me pidieron un certificado de residencia fiscal, que por residir fuera de España trabajando no pude aportar; me denegaron la rectificación porque no aporté el ceritifcado,…ahora tengo el certificado, ¿puedo volver a solicitarlo? ¿Qué hago si me lo deniegan?

  • Elena @ mayo 9, 2011

    Hola a tod@s,
    he ido a Hacienda y me dicen que debo pagar 1493,07 e. por la renta 2010. No entiendo nada porque todo se basa en que he trabajado en tres empresas distintas y desde el mes de julio, agosto y principios de septiembre estuve en el paro, cobrando 200 y pico euros que no dan para nada, así que no sé quién me puede ayudar, me parece muy injusto, puesto que no tengo nada… Actualmente estoy en el paro. Alguién me puede asesorar? Gracias

  • Miguel Coronado @ mayo 23, 2011

    Hola
    En Julio de 2009 realice una compre de una Viviendsa de Protección Oficial,por la cual me dieron una ayuda directa a la netrada y una subsidiación de la cuota del prestamo de 62 euros al mes,que representa una ayuda pública para jovenes.
    En la declaración de la renta que hice el año pasado declaré la ayuda a la entrada,pero por desconocimiento no declaré la subsidiación.
    Es necesario declarar dicha subsidiación o ayuda pública?
    En caso de que asi fuera,como puedo rectificar la declaración del pasado año?
    Miguel

  • Olga @ mayo 25, 2011

    ¿Cuando contestan las cuestiones que les planteé en el mes de Abril?

  • Jaume @ mayo 29, 2011

    Ha leido el post, Olga? YA no se contestan, salvo que aparezca un alma caritativa.
    Aporte algo a la comunidad y entonces quizá le contesten!
    Saludos

  • pedro @ junio 12, 2011

    hola quiero rescatar un plan de pensiones por que estoy en paro pero me piden una comunicacion de datos al pagador de las retenciones de la agencia tributaria pero yo nunca he hecho la de claracion de la renta por no estar obligado que hago?

  • jessica jimenez @ junio 27, 2011

    Hola,
    Mi consulta esta relacionada con una cantidad que cobré de Fogasa en el 2010 correspondiente a dos nominas y una paga de verano del 2007 que no cobré nunca. Quiero saber si debo incluirlo en la declaracion del 2010, dado que hacienda lo ha incluido en el borrador, pero todo el mundo me dice que eso esta exento!
    Muchas Gracias!!!

  • manuel @ junio 29, 2011

    mi consulta es: si una sociedad anonima ya tiene presentada la declaracion anual 2010 con un resultado fiscal y un isr pagado y la autoridad fiscal le inicia facultades de comprobacion, puede esta presentar una declaracion complementaria aumentando el costo de ventas y cambiando su resultado fiscal a perdida fiscal? la autoridad lo aceptara?

  • josep @ agosto 12, 2011

    mi consulta es : tenemos que canviar de domicilio durante un tiempo ( estamos pagando hipoteca ) y nos vamos a empadronar en casa de unos familiariares, como afectara o no afectara en la proxima declaracion de la renta.

    saludos

  • ali @ agosto 18, 2011

    la consulta es que un amigo llamado jose hace como 20 años por una mala inversion de dinero no puedo pagar los impuestos a la sunat despues de años hizo un fraccionamiento pero cada año dejo de pagar, se declaro insolvente pero hace poco le llegaron notificaciones de embargo a la casa de su conviviente yo quisiera saber si pueden quitarle sus propiedades a su conviviente o a los hijos de ambos que son mayores de edad ya que Jose no tiene ningun bien a su nombre, el domicilio que figura en las notificaciones es el de la casa de la conviviente es por eso que existe una orden de embargo con esta dirección. ¿Hay manera de impedir que este embargo se realice… pese a no estar a su nombre?. y por que nose prescribio la deuda si pasaron muchos años
    Atentamente espero tu respuesta, gracias.

  • Airun @ agosto 19, 2011

    IRPF Buenos dias. He comprado un vivienda recientemente 15/04/2011 con un desenbolso inicial de 115000 € y resto hipoteca. Ahora quiero vender la que ocupaba anteriormente por 235000 €. ¿Tendre que padagar algo por esta venta en el IRPF? ¿ Como afecta la compra en el IRPF del 2011? ¿Puedo deducir gastos?
    Gracias

  • manuel @ septiembre 19, 2011

    Caso: empresa A (empresa Irlandesa, dedicada al diseño de juguetes), vende juguetes a empresa B(empresa Valenciana, dedicada a la distribucion de juguetes en España). Si la empresa A y la empresa B tienen el mismo propietario.¿Esta operación es una operacion vinculada para la Hacienda Española?, si es así , cual sería el Precio de Transferencia,¿el precio de mercado de Irlanda o el de España, en caso de que sean diferentes?. Gracias

  • andres @ septiembre 28, 2011

    quisiera saber paso a paso como hacer mi declarion anual para ala devolucion de ineteres pagados por un credito hipotecario

  • Rogelio @ septiembre 29, 2011

    Hola, espero puedan ayudarme:
    Necesitamos declarar impuestos pero por un error el RFC y el nombre que figura en los comprobantes fiscales que nos entregan no corresponden a quien debería, el problema radica en que nos dicen que ya los declararon y no nos los pueden cambiar, pagamos con cheque a nombre de una organización sindical y el recibo está a nombre de una persona física, ¿se puede hacer algo al respecto?
    Agradezco de antemano la ayuda que me puedan proporcionar.

  • javier @ noviembre 7, 2011

    Hola en mi declaracion anual 2009 la cual no presente, me cobra un recargo por un depositos solo que esos depositos no son por actividades del regimen, al hacer mi declaracion 2009 se pueden condonar esos recargos???

  • Fran @ noviembre 9, 2011

    Mi pregunta es que tengo una hipoteca pequeña 26000 euros y, viendo la situación económica pensaba pagarla y eliminarla, vaya que se quede mi dinero el banco. Pero merece la pena, pues todos los años me devuelve hacienda dinero y si no tuviera hipoteca probablemante tendría que pagar.

  • camilo @ noviembre 15, 2011

    Hola, soy viudo con dos hijos menores a mi cargo. con mi mujer madre de mis hijos compramos un piso con su correspondiente hipoteca, al fallecer mi mujer se realizo las correspondientes escrituras de aceptacion de herencia quedando el piso al 50% mio y 25% de cada hijo.
    en el 2008 realice la declaracion de la renta conjunta, deduciendome el 100% ya que soy yo quien paga la hipoteca y los niños estan viviendo con migo. Hacienda me ha hecho una comparativa aplicandome solo el 50%, es correcto tengo que pagar la diferncia con el recargo o no?

  • sara @ noviembre 29, 2011

    Hola, tengo un local en propiedad que me costo 70.000€ y el cual tiene una hipoteca (bien de inversión) actualmente de 64.000€. Quiero vender la mitad del piso a mi pareja (por unos 30.000€) y el tambien se metería dentro de la hipoteca. ¿Que repercusión fiscal tendría para mi? yo no voy a ingresar nada de dinero ya que el respoderá de la hipoteca como yo.
    muchas gracias!

  • Maria @ diciembre 1, 2011

    Hola.
    Tengo una duda sobre si amortizar hipoteca este año o mejor dejarlo para el siguiente/s.
    Le explico mi situacion. Estoy casada y el piso se deduce al 50% entre mi marido y yo. Actualmente estoy en el paro desde Marzo por lo que de IRPF me quitan lo minimo y este año he tenido 2 pagadores por lo que estoy obligada a hacer la declaracion de la Renta y mi marido tb ya que se ha cambiado de trabajo. Con los pagos normales de la hipoteca pagamos al año un total de 9115€.
    Lo que no sé es si me seria mas rentable hacer la declaracion conjunta o por separado ya que no sé si a mi me tocaria pagar a Hacienda dada mi situacion.
    Si necesitan datos economicos, pidanmelos. Gracias
    Un saludo

  • jose antonio @ diciembre 9, 2011

    Hola. Mi consulta está relacionada con la siguente cuestión: el año pasado me revisaron el valor catastral de mi vivienda por lo que esta año me han suvido el IBI Urbano, y ahora me ha llegado un recico del mismo en el que dice que debo abonar 125 euros del año 2010, esta cantidad es la diferencia de lo que he pagado el año 2010 y el año 2011. Mi pregunta es la siguiente ¿me pueden subir el importe del IBI con caracter retroactivo? ya me lo subieron en la revisión del año 2011, si bien es cierto que yo hice las obras de acondicionamiento de mi casa en el año 2010. Según me viene en el recibo es en base a Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo art. 7 y 77.1 , pudiendo recurrir en base al mismo R.D. art. 14.2. Gracias por su respuesta

  • Jesusfer @ diciembre 12, 2011

    Hola.Quisiera plantearles la siguiente cuestión: Soy trabajador por cuenta ajena, mi padre (jubilado)tiene una pequeña propiedad en producción agrícola por la que extrae unos ingresos no superiores a 2.000€ anuales, quisiera saber si en mi nombre esyoy obligado a declarar algún ingreso de estos beneficios y si yo realizo venta a un autónomo de mis productos estoy abligado a repercutir el IVA en mis ventas.Gracias por su respuesta.

  • Emilia Navarro @ diciembre 22, 2011

    ¡ Hola! Desearía me aconsejaran en el siguiente problema:A principios de 2.012 cobrare una suma considerable en concepto de gratificación por jubilación. Creo que cuenta como ingreso en IRPF, sumado a los ingresos anuales del 2.012,considerando la citada cantidad como ingresos irregulares y rebajando el 40% en la base reguladora. Podría hacer que me dieran, en vez de un cheque, dos, uno con fecha 2.012 y el otro con fecha de vto. 02-01-2.013 y así repartirlo en dos ejercicios y beneficiarme también de la bonificación del 40% en los dos años? Fiscalmente para mí sería interesante y pagaría bastante menos en la Renta. Gracias anticipadas.

  • Ivan @ enero 4, 2012

    Hola, trabajo en una empresa extranjera en el extranjero, (un buque de bandera extranjera) y por motivos laborales paso 8 meses del año fuera del pais, creo que estoy acreditado como no residente por un certificado que me da la empresa y entrego en el banco y mi pregunta es ¿estoy obligado a realizar la declaracion de la renta? porque no se si de tener que hacerla tendria que realizarla en España o en el pais de donde es la empresa para la que trabajo, gracias

  • Marco @ enero 11, 2012

    Hola, suponiendo que tras llevar en metálico a un país extranjero (Brasil) una cantidad de 20.000 € y tras invertirlo en distintos negocios generase unos beneficios de otros 20.000 €, ¿Tendría que declarar estos ingresos pese a tener este dinero en Brasil? ¿De qué manera me afectaría en cuanto a tributación el traerlo de vuelta a España?

  • alejandra @ enero 15, 2012

    En 2006 realicé una hipoteca sobre mi vivienda habitual la cual no es deducible en el IRPF ya que cuando la hice, vendí una vivienda y con el dinero obtenido compre otra y entre la compra y la vivienda quedé neutro, osea a efectos de hacienda no me hizo falta dinero, pero eso fue en teoría pero en la practica tuve que hacer una hipoteca de 60.000 euros. Que pasaría o que opinan ustedes si ahora con la nueva Resolución de 3 de enero de 2011, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo 145, de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador o de la variación de los datos previamente comunicados, intento entrar entre los Perceptores que hayan adquirido o rehabilitado su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011, que vayan a tener derecho a deducción por inversión en vivienda habitual conforme a lo establecido en la disposición transitoria decimoctava de la Ley del Impuesto, cuyos rendimientos íntegros del trabajo procedentes, de forma simultánea o sucesiva, de todos sus pagadores, sean inferiores a 33.007,20 euros anuales, para así el pagador me baje en dos enteros la retención IRPF hace mensualmente en nómina. Lógicamente la idea mía no sería deducir la hipoteca, ya que la intenté deducir en el 2008 y hacienda me paralizó la renta y me dijo que tenía derecho a dedución, pero yo lo haría para que el pagador me baje la retención. Gracias y un saludo.

  • veronika @ enero 17, 2012

    Hola, me gustaría que me informarais de la tasa a pagar al acepttar una herencia. (explico brevemente que mi hermano de igual apellido está en -Stuttgart-Alemania, yo al igual que los Inmuebles están en Alicante-España, no se si es importante peró mi padre no dejo testamneto fallecio en España el 25 de enero 2011 en donde vivio desde 1989. Todos somos de nacionalidad Alemana) un hermano que su madre atestigua que es hijo de mi padre a la edad de 50 años, sin apellido que ante la duda de que sea hijo lo expongo. ¿Cuanto tiene que pagar cada uno de tasa, para poder heredar?¿y que tiempo limite hay?
    Gracias, por anticipado

  • arnulfo chavez @ enero 25, 2012

    Hola: Mira me llego una invitacion del SAT para hacer mi declaracion de ISR por el año 2009 por concepto de depositos a cuenta de cheques y el problema es el siguiente, la cuenta de cheques se abrio en forma mancomunada de acuerdo a las instrucciones de la Secretaria de Educacion Publica por concepto de alimentacion de alumnos de Jardin de Niños por lo que los recursos no fueron para beneficio personal sino del plantel de niños ingresos y egresos que se encuentran debidamente soportados con facturas yrecibos a favor de dicho plantel, por lo que pido de su ayuda para saber como tengo que actuar al respecto y que camino seguir gracias.

  • JUAN CARLOS @ febrero 2, 2012

    HOLA
    Soy arrendador de un inmueble, que facturas son deducibles?
    Estoy en el paro y regreso a casa de los padres, dejaría de deducir como vivienda habitual?

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